miércoles, 8 de mayo de 2013

Bibliografía de investigación criminal en Guatemala


En nuestro medio académico pululan algunos documentos referentes a la investigación criminal, sin embargo, estos no agotan ni abarcan el tema y sus múltiples aristas de manera general, sistemática, amplia, suficiente e interrelacionada o si lo hacen, se encuentran fuera de nuestro contexto real de criminalidad, de nuestros factores criminogénicos (generadores del crimen) y criminoresistentes (curativos del crimen).

Investigar implica indagar, inquirir, averiguar, reconstruir, recabar y demostrar un hecho o acontecimiento pasado, es decir, explicar sin ser testigo presencial (a lo sumo sí, referencial), cómo acaeció una sucesión de acontecimientos que conforman un caso concreto, todo ello con un fin específico, principalmente la realización de la justicia.

La Justicia, específicamente la Justicia Penal (por ser la que nos interesa para efectos de la presente explicación) la entenderemos como el acto mediante el cual se le atribuye a alguien la consecuencia jurídica de su conducta, con fines de reparar cualquier tipo de daño derivado de su accionar, valorando las circunstancias en que esta fue ejecutada.
La investigación Criminal para el cumplimiento de sus fines utiliza diversos conocimientos, métodos, técnicas y metodologías en la búsqueda de la verdad, conceptos que desarrollaremos a continuación según nuestro propio criterio.

·         Los conocimientos que utiliza la investigación criminal, se circunscriben a las teorías y leyes científicas de las diversas ciencias (de múltiple naturaleza) y disciplinas científicas en que fundamenta sus criterios, tanto en la etapa investigativa de recolección, como en la de procesamiento (análisis) y en la de fundamentación, siendo estas tres según nuestro criterio y propuesta, las fases de la investigación criminal.
·         El método lo concebiremos como el camino que se sigue para llegar a un fin, pudiendo ser éste preexistente o novedoso, es decir, la aplicación en materia de investigación criminal del método de alguna ciencia o disciplina científica, verbigracia en analítico, sintético, inductivo, deductivo, lógico-matemático (o lógico formal), entre otros, para la averiguación de un hecho señalado como delito o falta, o bien, la creación de un neo-método por parte del investigador criminal (pudiendo surgir de la amalgama de los enumerados), con base en las circunstancias del caso y las líneas investigativas derivadas del mismo.

·         Las Técnicas en investigación criminal las conceptualizaremos como una especie de pasos (a guisa de receta) que deben ser cumplidos ordenada y sistemáticamente, para poder obtener el resultado esperado, siendo aplicable principalmente en el área de la criminalística del laboratorio mediante las diversas técnicas aceptadas por la comunidad científica y académica para tratamiento de indicios sometidos a su conocimiento (verbigracia las disciplinas criminalísticas de balística, toxicología, química-biología, dactiloscopia, grafotécnia, grafología, documentoscopía, entre otras).

·         La Metodología la entenderemos como la mescla entre el método (camino para llegar a un fin) y la teoría científica (de las ciencias sociales o de las ciencias exactas, entre otras) que hemos elegido para el estudio de un caso concreto, siendo aplicable principalmente al campo de la criminología, es decir al estudio del ser humano de conducta desviada (catalogado como delincuente –porque cometió una acción u omisión que es considerado delito o falta, según la legislación penal vigente- o que posee una conducta que sin ser delito o falta genera reproche social –por ejemplo un alcohólico-) con fines de política criminal preventiva o represiva, para reducir los índices de criminalidad y fungir, según las teorías relativas de la pena (opuesto a las teorías absolutas y mixtas de la pena)  como prevención general (el defensor de esta teoría es el alemán Günther Jakobs) y especial (uno de los principales autores dentro de esta corriente es Franz von Liszt).

Así pues, Criminólogos y Criminalistas de Guatemala, hagamos ciencia, generemos conocimiento, cimentemos las bases teóricas para una Dogmática Criminológica y Criminalística propia, que pueda ser aplicada a nuestro contexto real, con todos los condimentos intelectivos necesarios para ayudar a formar una mejor nación purificada de la violencia y el crimen imperante.

lunes, 22 de abril de 2013

La Víctima


La víctima, como parte de la pareja penal, ha sido el sujeto históricamente relegado institucional y no institucionalmente (socialmente), en el análisis jurídico-político y social, así como en la percepción generalizada ante la comisión de las conductas consideradas como delitos o faltas, y aquellas que sin ser delitos o faltas (tipificados en los cuerpos normativos penales de los Estado-Nación) dañan el tejido estructural de una sociedad políticamente organizada o son reprochadas por la cultura dominante y sus valores, priorizando en el hechor o criminal, perfilándolo, generado sistemas para su readaptación social, ubicándolo dentro de la ejecución de condena en un lugar acorde a su naturaleza doctrinaria y legal, proveyéndolo de mecanismos legales para redimir sus penas, teorizando alternativas para su tratamiento integral, generando debates académicos acerca de sus circunstancias y edificando controles legales para impedir cualquier violación a sus derechos intrínsecos (derechos humanos desde una visión iusnaturalista).

Con la víctima ese avance o ese enfoque no se ha logrado en tan deseable magnitud, por el contrario, si bien se han logrado avances importantes desde el Estado, creado dependencias, mecanismos legales e instituciones que actúan articulando medidas y medios para su atención integral conforme a los nuevos fueros victimológicos de gestión, sopesado éste rumbo por algunas normativas vigentes tanto nacionales como internacionales que se aplican en el mismo sentido otorgándole un papel más activo y vivo a la víctima del delito (verbigracia interviniendo en el proceso penal como sujeto legitimado) y desde la sociedad civil organizada (Organizaciones No Gubernamentales, primordialmente), acuerpándolos y visibilizándolos con enfoques específicos (mujer, niñez, tercera edad, víctimas de guerra, etcétera), aún falta un largo trecho para lograr avances significativos y sólidos en el tema.

A lo anterior se le suma la visión subterránea y de túnel que se le ha otorgado a la víctima, desde una concepción unidimensional y cercada, toda vez que la víctima es concebida en su aspecto meramente jurídico, es decir como el sujeto pasivo sobre quien recayó la acción u omisión típica, antijurídica, culpable y punible (definición de delito según la Teoría General del Delito), sin concebir que el daño tiene repercusiones sobre sus ideas, pensamientos, sentimientos y emociones (sobre su mente, o alma en una visión filosófica-teológica), sobre su cuerpo y en una extrapolación religiosa, en su espíritu, así como, obviando la onda victimal o efecto indirecto de su victimización primaria (verbigracia la afectación de sus familiares, amigos, conocidos, o a aquellos que sin existir un vínculo social o consanguíneo, resultan perjudicados como fruto de un proceso ajeno de victimización, doctrinariamente nombradas víctimas colaterales).

viernes, 19 de abril de 2013

La urgente política criminal en Guatemala


Aún aguardo la esperanza que en algún crepúsculo matinal amaneceremos sobre un suelo atestado de buenos sentimientos

En un país como el nuestro, entiéndase “nuestro” en el sentido menos retórico y más iusinternacionalista posible, ¡urge ya!, diseñar y ejecutar desde la vía institucional, es decir, desde el Estado y sus instituciones dentro de su marco normativo-funcional, un efectivo y eficaz proyecto de Política Criminal, primordialmente preventiva; hago el acuse que este debe ser perfectamente adecuado a nuestra cruenta realidad, es decir, en él se deben asumir con sesudo compromiso actitudes frontales ante el fenómeno del crimen, y esto es función monopólica del Estado pues ostenta el ius imperium, y debe éste estar enmarcado dentro del esquema estructural funcionalista de un Estado Constitucional de Derecho moderno y todavía más, modernizado.

La débil protección de los bienes jurídicos tutelados como la vida e integridad de la persona, cuantificadas estas aseveraciones en las estadísticas de criminalidad y cualificadas en sus efectos perniciosos para la sociedad, han permitido visibilizar y ensanchar varios de los agujeros negros en donde han reposado y se han cultivado-reproducido nuestros (des)comunales caos (que poseen fundamento histórico); la nula o deficiente respuesta gubernamental ante el fenómeno del crimen ha estimulado o desatado una serie de respuestas no institucionales (de parte de la población) con consecuencias por demás infaustas, verbigracia, los linchamientos a granel en distintos lugares de la República, práctica socialmente tolerada y poco a poco calificada de normal, por cotidiana. 

Actos como estos han sacado a flote de modo paroxístico varias de nuestras enfermedades sociales, siendo estas de fácil identificación sintomatológica (pasada, presente y futura), pero de difícil cura, no por el hecho que no haya medicina, sino porque ha campeado el desinterés o la falta de visión en prescribir el tratamiento adecuado y poco a poco cada una de ellas se han ido tornando en epidemias irrefrenables, pues mutadas las cepas todo se agrava.

Estudios han demostrado que las personas linchan pues consideran que es el modo más asequible y legítimo de resarcir y/o castigar al infractor de las normas jurídicas prohibitivas o bien, al autor de actos moralmente reprochables (antropoculturalmente) que son causa directa de este tipo de reacciones deshumanizantes, en manifiesta desconfianza al sistema constituido, que se menoscaba y acelera su trunque.

Ante un fenómeno social como el de los linchamientos, las instituciones legalmente facultadas para actuar dentro del proceso de persecución penal se debilitan grandemente; fenómenos de este talante son indefectibles indicios de deterioro social, misma degeneración que incide magnánimamente en la afectación de la mayoría de los campos de actividad humana de asociación-relación: económico-productivo, económico-intercambio, económico-social, laboral, escolar, intelectual, académico, profesional, etcétera.
Un correcto diseño de política criminal, fabricado acá, no importado, erogaría sumos beneficios para la consecución de la tan anhelada Paz Social; paz que florece de las necesidades materiales satisfechas, del acceso real a los servicios sociales fundamentales, de la igualdad de oportunidades de desarrollo, de un orden social ordenado, valga la redundancia, y de prácticas gubernamentales tendientes al Bien Común que debe verse reflejado en el bienestar individual. Una sociedad pacífica es una sociedad próspera que se catapulta inminentemente hacia el desarrollo.

Breve crimitexto reflexivo y vertical acerca de nuestra labor


De noche o de día
En éste o en otros años venideros
Como lo ha sido en siglos pasados
Sin importar la hora y el lugar
El tiempo y espacio
Los controles formales
Los controles sociales
Los controles morales
Sociales
Religiosos
Amorosos
Y de toda naturaleza
Los Criminólogos y Criminalistas
Apasionados y comprometidos
Con el estudio del fenómeno criminal
Deberemos seguir construyendo nuestras ciencias
Contextualizándolas a los diversos modus operandi
A los nuevos Iter criminis e Inter vicitmaes
A las nacientes motivaciones delincuenciales.
Para seguir contribuyendo
A la paz social
De las naciones y el mundo
Por los siglos de los siglos

viernes, 12 de abril de 2013

INTERPRETACIÓN SIMBÓLICA Y ALEGÓRICA DEL CRIMEN Y EL CRIMINAL (BREVÍSIMO ENSAYO).

“La deducción es el mejor indicio para el investigador criminal”.
“Es imposible ocultar o destruir todos los indicios criminales como es imposible crear un perfecto escenario criminal prefabricado y falso”.

Lic. Mariano Cantoral

El crimen es el acto humano más siniestro que existe, porque a través de él, el ser humano demuestra su innata tendencia al mal (el das Es freudiano), su inconsciente o consiente deseo destrucción, incluso de él mismo. Sin importarle las consecuencias sociales (no hablemos de las legales) que puede acarrear, procura los medios para no sufrir las mismas, reduciendo las probabilidades de su identificación, aunque prevé la posibilidad. Desea salir bien librado. No dejar huellas de que estuvo ahí, ilusamente. Ser invisible en el tiempo-espacio en que ejecuta y consume el iter criminis. Alejarse de lugar de los hechos. Segmentar los lugares (fabricando escenas del crimen secundarias), para enmarañar la investigación. Ocultar el cuerpo del delito y los instrumentos fabricadores de víctimas (armas, etc.). Quiere que el investigador imagine una situación distinta, desea confundir, que se generen hipótesis que no lo incriminen (para lo cual a veces fabrica escenarios, aprovechándose de la capacidad creativa de la razón y lógica humana). Darle rienda suelta a sus deseos y móviles. Dejar su mente invisiblemente adherida en los indicios subyacentes (que por más que oculte y destruya siempre permanecerán), por el principio de intercambio de Edmond Locard. Gozar a posteriori de su obra maligna. Esto puede variar en plazos de sucesión. Así como puede ser media vida previa, 24 horas, dos horas, puede ser un segundo o milésimas de él (crímenes espontáneos).

Lic. José Mariano Cantoral Figueroa
Maestrando en Investigación Criminal
Catedrático Universitario
Facultad de Investigación Criminal y Ciencias Forenses
Universidad de Occidente de Guatemala

miércoles, 6 de marzo de 2013

Especialistas en el fenómeno del crimen (Criminólogos y Criminalistas de Guatemala)


En Guatemala, aún existe alto grado de desconocimiento acerca de cómo un Criminólogo y Criminalista puede participar dentro de un proceso penal o en el sistema administración de justicia en general. Y quizá éste fenómeno obedezca a que dicha profesión en nuestro país, es aún reciente y se encuentra en ciernes.

Pero como toda carrera y profesión Universitaria, considero que será un proceso paulatino y natural para que los Criminólogos y Criminalistas guatemaltecos, podamos desempeñarnos plenamente como profesionales liberales, auxiliares del sistema de justicia y del derecho en todas sus ramas y áreas, mediante la aportación de opiniones y conocimientos técnico-científicos, así también para lograr espacios de acción por mandato legal, que actualmente ocupan otros profesionales, debido a la anterior ausencia de especialistas en el fenómeno del crimen (por ejemplo, Fiscales, Asesores de Seguridad, etcétera).

El artículo 141 del Código Procesal Penal guatemalteco, regula la figura de Consultor Técnico, permitiendo de ese modo la participación activa de nosotros como Criminólogos y Criminalistas, pudiendo evacuar diversos dictámenes, opiniones y análisis tendientes a lograr una mejor averiguación de un hecho señalado como delito o falta, una mejor formulación de la teoría del caso, una mejor determinación de partícipes, grado de participación, móvil, así como las circunstancias en que fue perpetrado, para lograr sentencias más justas y apegadas a la verdad histórica, determinación de grado de responsabilidad con fines adjudicar penas equitativas (dictamen penológico), la imputabilidad del sindicado y la modificación de su responsabilidad, utilizando diversas ciencias, teorías, doctrinas, disciplinas científicas, principalmente de las ciencias fácticas aplicadas al campo jurídico (ciencias forenses).

Así también como especialistas en el fenómeno del crimen, los Criminólogos y Criminalistas, podemos contribuir efectuando dictámenes victimológicos, para colaborar a adecuar nuestro sistema penal actualmente acusatorio o mixto (pues ya se superó al inquisitivo violatorio de los derechos humanos), a los nuevos fueros de la materia victimológica que exigen una democratización y humanización integral de la atención a la víctima de delito (atención legal, psicológica, médica y social), considerando que la víctima históricamente ha sido relegada del drama del delito sin importar si es fruto de la delincuencia común u organizada.

Decimos, sin temor a equivocarnos que se ha priorizado en el hecho o criminal, perfilándolo, generado sistemas para su readaptación social, ubicándolo dentro de la ejecución de condena en un lugar acorde a su naturaleza doctrinaria y legal, proveyéndolo de mecanismos legales para redimir sus penas, teorizando alternativas para su tratamiento integral, generando debates académicos acerca de sus circunstancias y edificando controles legales para impedir cualquier violación a sus derechos intrínsecos (derechos humanos), lo cual aún no se ha logrado en deseable magnitud con las víctimas (directas y colaterales).

La Asociación de Criminólogos y Criminalistas de Guatemala, es una de las entidades que desde el ámbito no gubernamental buscan lograr espacios de acción y visibilización de los especialistas en el fenómeno del crimen, para contribuir a la consolidación de una justicia más objetiva, certera, científica, y lograr de ese modo la lucha contra la impunidad y la ansiada reducción de los índices de criminalidad (Política Criminal preventiva y represiva).